PROTECCIÓN CONTRA INDENCIOS

¿QUÉ ES LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS?

Es el proceso necesario e ineludible que deben cumplir los responsables legales de los establecimientos (industriales, comerciales, educativos, etc.) en materia de seguridad contra incendios, siempre respaldado por la legislación vigente.

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En SEHMAPI CONSULTORES llevamos a cabo el proceso necesario para obtener un resultado excelente en la gestión de la seguridad contra incendios, por ello es muy importante respetar los siguientes pasos:

1. Evaluación preliminar del anteproyecto edilicio.

2. Ejecución del Proyecto de Condiciones contra Incendios (PCCI).

3. Aprobación del Proyecto de Condiciones contra Incendios ante la autoridad de aplicación local (Municipalidad, Bomberos, etc.).
4. Confección de un Pliego de condiciones, equipos y materiales a proveer para dar cumplimiento al PCCI aprobado.

5. Valoración de la instalación a ejecutar (mano de obra especializada y provisión de materiales).

6. Montaje de la instalación contra incendios exigida por el PCCI aprobado.
7. Aprobación final del PCCI por la autoridad de aplicación, con visita e inspección final de la instalación funcionando.

8. Mantenimiento y pruebas periódicas de las instalaciones contra incendios.

¿Por qué es tan importante cumplir con las normas de seguridad contra incendios?

Las condiciones de protección contra incendio deben ser cumplidas por todos los edificios, independientemente su uso y ocupación, y son tan importantes que la vida de las personas que los ocupan dependen de ello.

El PCCI se lo conoce como la serie de medidas a proyectar que deben disponer las edificaciones para prevenir la acción causada por el fuego y cuyas finalidades son salvar vidas, minimizar pérdidas económicas y lograr que las actividades que se llevan a cabo en el edificio puedan volver a la normalidad en el menor tiempo posible (por ejemplo en los edificios industriales, donde la producción se ha detenido).

Todo edificio destinado al uso público (un colegio, un hotel, una escuela…) y los establecimientos industriales, como la nave industrial, deben disponer de una instalación contra incendios.

  • La primera finalidad (salvar toda vida humana presente) es la principal de todo plan de Protección Contra Incendios.
  •  Las otras dos finalidades resultan interesantes para las aseguradoras, que rebajarán su prima según el plan que tu edificio o establecimiento industrial tenga preparado. De ahí la importancia de contratar un buen Proyecto de Protección Contra Incendios.

La protección contra incendio comprende el conjunto de condiciones de situación, construcción y extinción, como así también las instalaciones y equipamiento con que debe contar cada establecimiento..

Los objetivos que con las mismas se persiguen son:

  •  Dificultar la gestación de incendios.
  • Evitar la propagación del fuego y efectos de gases tóxicos.
  • Permitir la permanencia de los ocupantes hasta su evacuación. – Facilitar el acceso y las tareas de extinción del Personal de Bomberos.
  • Proveer las instalaciones de extinción.

 

En la Republica Argentina existe legislación específica según la jurisdicción.

En líneas generales, un proyecto de Protección Contra Incendios se compone de medidas pasivas y activas.

En cuanto a las medidas pasivas, comprenden todas aquellas que, de un modo u otro, repercuten en el proyecto constructivo del edificio, tales como facilitar que los presentes en el edificio puedan ser evacuados mediante escaleras y pasillos contra incendios con la amplitud y el acceso adecuados.

Son medidas pasivas también todas aquellas que se destinan a retardar las consecuencias derivadas del impacto del fuego: la resistencia de materiales a la abrasión, es decir, cuántos minutos puede ser expuesta una estantería de hierro, por ejemplo, hasta que el fuego empiece a calar y esta se incendie.

También son medidas pasivas todas aquellas que actúen para que el fuego no se extienda muy rápidamente o quede estancado en una determinada zona, por ejemplo, mediante las puertas cortafuegos. Son elementos de confinación.

En cuanto a las medidas activas, son todas aquellas que procuran los equipos de extinción de incendios, como los extintores portátiles dispuestos cumpliendo el Estudio de Carga de Fuego (ECF), los rociadores automáticos (sprinklers), los detectores de humo, las mangueras de extinción, bombas contra incendios, y reserva de agua propia, por ejemplo.

Se dividen en:

  • Elementos de detección: detectores de calor, humos o llamas y avisadores (botones que cualquier persona puede pulsar para alertar de un incendio).
  •  Elementos de alerta y/o dispositivos de señalización: son anuncios que se dan por megafonía y los letreros de color verde que señalan las vías destinadas a la evacuación. Toda salida que no sea de evacuación también se señalizarán. Debe garantizarse una iluminación mínima alimentada por baterías si se produce un fallo eléctrico.
  •  Elementos de extinción: son los agentes extintores (a base de agua, polvo, nieve carbónica…), bocas de incendio, rociadores automáticos, etc.

Se tomará en consideración el estudio de medios de salidas para su evacuación y la distancia máxima a recorrer hasta un lugar seguro. Asimismo, de la forma que hemos apuntado, las medidas constructivas, como la apertura de las puertas, también se tienen en cuenta: garantizar recorridos de evacuación protegidos con resistencia al fuego, dividir el edificio en sectores de incendio para retardar la extensión del fuego y otras condiciones especificas que requiere la asistencia de un profesional especializado.

En nuestro país el gobierno local, ya sea ciudad, comuna, municipio es quien regula la construcción y supervisión de las medidas de seguridad contra incendios de los establecimientos a través de las normativas existentes tal como Leyes, Código de Edificación, Ordenanzas, Resoluciones u otras que complementen o actualicen las vigentes, ya sean de carácter nacional, provincial o municipal, según correspondan.

En todos los casos, la autoridad de aplicación puede dar la intervención a los Bomberos de la jurisdicción (locales, ya sean voluntarios o estatales), quien en dichos casos actúan certificando PCCI y planos finales conforme a obra de las condiciones e instalaciones contra incendios.

A nivel nacional se encuentra vigente la Ley Nacional 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y su Decreto Reglamentario 351/79 que establecen las condiciones mínimas a cumplimentar por “Todo establecimiento que se instale en el territorio de la República, que amplíe o modifique sus instalaciones, (…)” (Decreto 351/79, Cap.1, Art.1o).

Dentro de los Anexos que incorpora el Decreto 351/79, el Anexo VII corresponde al Capítulo 18: Protección contra incendios, el cual especifica las condiciones mínimas que debe tener una edificación para prevenir, evitar la propagación o en el peor de los casos mantener su estabilidad el tiempo necesario ante el fuego permitiendo una segura evacuación de las personas. Desde el Art. 160 al 187 se desarrollan temas como; sectores de incendio, medios de escape, condiciones de Situación – Construcción – Extinción, tipo y cantidad de matafuegos necesarios, resistencia al fuego de elementos constructivos, carga de fuego, método de cálculo de U.A.S., cantidad de salidas, cajas de escalera, entre otros.

Normas de referencias

Normas NFPA

La NFPA (National Fire Protection Associaton) es una organización fundada en los Estados Unidos en 1896, encargada de crear y mantener las normas y requisitos mínimos para la prevención contra incendio, capacitación, instalación y uso de los medios de protección contra incendio, utilizados tanto por bomberos, como por el personal encargado de la seguridad. Sus estándares conocidos como National Fire Codes recomiendan las prácticas seguras desarrolladas por el personal en el control de incendios.

Las NFPA son un conjunto de normas que deben ser, en lo posible, de uso simultáneo en el PCCI.

Por ejemplo, algunas de las normativas vigentes (obligatorias) y de referencias:

– Ley 19.587: “De Higiene y Seguridad en el Trabajo”

– Dec. 351/79, Anexo VII, Capitulo 18: “Protección contra Incendios”

– Norma NFPA N° 3: Norma para la Puesta en Servicio de Sistemas de Protección contra Incendios y Seguridad Humana.

– Norma NFPA 101: Código de Seguridad Humana

– Norma NFPA No 13: Norma para la Instalación de Rociadores.

– Norma NFPA No 14: Norma para la Instalación de Sistemas de Montantes y Mangueras.

– Norma NFPA No 72: Código Nacional de alarmas de Incendio y Señalización.

– Norma NFPA No 20: Norma para la Instalación de Bombas Estacionarias para Protección contra Incendios.

– NFPA No 2001: “Sistemas de Extinción de Incendios Mediante Agentes Limpios”

– NTP 39: Resistencia ante el fuego de elementos constructivos.

– Norma IRAM No 10005-1 / 10005-2: Colores y señales de seguridad.

– Norma IRAM No 3597: Instalaciones Fijas Contra Incendio. Sistemas de hidrantes. 
Las normas enunciadas son de referencia y no excluyen a otras normativas o legislaciones actuales, ya sean del orden Internacional, Nacional, Provincial o Municipal.

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